En la Cuarta Fase (4F) es de aplicación el nuevo modelo de datos de ruido, aprobado por la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1967 de la Comisión de 11 de noviembre de 2021 por la que se crea un archivo de datos obligatorio y un mecanismo obligatorio de intercambio de información digital de conformidad con la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
En el caso de los Planes de Acción contra el Ruido (PAR), este modelo de datos es cualitativa y cuantitativamente más exigente que en las fases anteriores. Además, al igual que en el DF4_8 (MER), se procura el cumplimiento simultaneo de las Directivas de Ruido y de INSPIRE.
Actualmente, la Comisión Europea no ha culminado completamente el desarrollo del modelo de datos del DF7_10, estando prevista su aprobación definitiva en la primera mitad de 2023. No obstante, se dispone de un modelo preliminar.
Dado que la Cuarta Fase ha comenzado, y algunas autoridades competentes ya están trabajando, simultáneamente con la elaboración de sus mapas, en los planes de acción, se ha creído conveniente la publicación de este avance de instrucciones, con el fin de facilitar el trabajo de éstas.
Los contenidos de estas instrucciones podrán ser objeto de cambio en función de las modificaciones que puedan establecer los servicios del Comisión Europea a lo largo de 2022 y principios de 2023.
Las Instrucciones del DF7_10 (MER) se componen de: